Logo Sección Sindical


Sección Sindical CC.OO.

Ayuntamiento de MAJADAHONDA

(v 1.0)

 

- Últimas Noticias -- Últimas Noticias -                           PGE 2012 ADEMAS DE LA CONGELACION SALARIAL INCREMENTO EN LA JORNADA DE TRABAJO                           PGE 2012 EL MAYOR RECORTE AL ESTADO DEL BIENESTAR DE LA HISTORIA DE ESPAÑA                           REFORMA LABORAL 2012   INJUSTA   INEFICAZ   E INUTIL                           INCREMENTO DEL IRPF DESDE LA NOMINA DE FEBRERO. NUEVO RECORTE SALARIAL.                           DESESTIMADO EL RECURSO INTERPUESTO POR EL AYUNTAMIENTO CONTRA LA SENTENCIA QUE RESTABLECE EL VALOR DE LAS HORAS EXTRAS                           SE GANO EL JUICIO SOBRE EL VALOR TRIENIO DEL PERSONAL LABORAL. ESTA SENTENCIA UNIDA A LA GANADA SOBRE EL VALOR DE HORAS EXTRAS VIENEN A ANULAR LOS DECRETO DE ALCALDIA SOBRE REDUCCION DE SALARIOS DE 2010                           Fin del comunicado.              

VACANTES
Y COBERTURA DE PLAZAS

LA MISMA PREGUNTA
SR. ALCALDE ¿ CÓMO VA LO MÍO ?

ANALIZAMOS LOS CAMBIOS EN EL ORGANIGRAMA MUNICIPAL 2007-2010

Las Tablas Salariales 2010 que hemos realizado han puesto de manifiesto, entre otras cuestiones, que en estos últimos años, se viene produciendo un evidente cambio en el Organigrama Municipal.

Es conocido que desde el Departamento de RR.HH se están impulsando diferentes procesos para cobertura de plazas vacantes, con tal variedad de modalidades que es difícil no perderse en su entramado.

Así nos encontramos, además de los procesos selectivos por acceso libre o promoción interna, con otros procesos realizados vía Decreto, incluso algunos por entrevista, para dar cobertura a plazas y puestos con carácter indefinido, interino o temporal.

Ante tal variedad de vacantes y sistemas de cobertura, hemos creído necesario realizar un estudio, partiendo del año 2007, que nos permitiese hacer una valoración sobre el mencionado cambio que se está produciendo en el Organigrama Municipal de nuestro Ayuntamiento, y que viene a complementar el realizado sobre las Tablas Salariales 2010.

Por tanto hemos analizado:

1.- COBERTURAS POR PROMOCIÓN INTERNA.

2.- COBERTURAS POR DECRETO.

3.- COBERTURA POR ACCESO LIBRE.

4.- COBERTURA POR INTERINIDADES.

5.- OTRAS

a).- Funcionarización.

b).- Trabajadores contratados por Capítulo II.

c).- Adecuaciones de retribuciones al puesto.

1).- COBERTURAS POR PROMOCIÓN INTERNA.

La Bases para los procedimientos de Promoción Interna, elaboradas sin participación sindical, no son uniformes ni en su contenido ni en su dificultad, no respetándose ni lo acordado en cuanto a la participación de la representación sindical en los tribunales, ni tampoco la peculiaridad del sistema de concurso para el personal laboral.

Las Bases de Promoción relacionadas con Policía se encuentran en el procedimiento del Contencioso Administrativo, al estar sujeto este colectivo a unas normas de selección más concretas que las establecidas para el resto del personal municipal.

La convocatoria de plazas también ha sido desigual. En algunos procesos de selección se convocan tantas plazas como aspirantes, mientras que en otros procesos la relación entre aspirantes y plazas convocadas ha sido muy desproporcionada.

En la Nota Informativa de 09.06.08, época en la que se iniciaron estos procesos, textualmente, decíamos

“las posibilidades de promoción son siempre bienvenidas, sobre todo teniendo en cuenta que desde hace muchos años, para la inmensa mayoría del personal municipal no ha existido oportunidad. Sin embargo, analizando las peculiaridades de las diferentes bases de promoción aprobadas, comprobamos que, dependiendo de a quién o a quiénes vayan dirigidas, los criterios son unos u otros.”.

Lo acontecido desde entonces no ha hecho sino confirmar lo que decíamos.

Desde el año 2007 tenemos computados los siguientes procesos de cobertura de vacantes por Promoción Interna:

Vacantes por Promocion Interna 2007 - 2010

Es constatable que el personal encuadrado en el Grupo E, en general, no ha tenido oportunidad de participar en procedimientos de Promoción Interna con garantías de cobertura –Conserjes y Ordenanzas-, estando así mismo pendiente parte de lo acordado para el personal de Jardinería y por desarrollarse lo prometido para personal del Grupo D y E de Deportes.

2).- COBERTURAS POR DECRETO.

Este es un sistema “propio” empleado por nuestro Ayuntamiento para dar cobertura a diferentes puestos de trabajo. Es el sistema utilizado para premiar a los “cuerpos de élite” del Ayuntamiento y que viene a sustituir el procedimiento establecido de Libre Designación, que requiere de convocatoria pública.

Si bien en la creación de alguno de estos puestos de trabajo se estableció, por acuerdo de Pleno, que su forma de provisión fuese por libre designación, en la práctica se han realizado los nombramientos vía decretazo, sin convocatoria pública ni publicidad, saltándose el cumplimiento de los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad que establece el EBEP para la provisión de puestos de trabajo en las Administraciones Públicas.

Así, y suponemos que con la “noble intención” de ahorrar tiempos y procedimientos, ni existe convocatoria pública, ni tampoco bases de selección, hay como decíamos, simplemente un Decreto de nombramiento con todo el descaro que ello puede suponer. Se maquillan como reorganizaciones administrativas y, en la práctica, suponen incrementos salariales muy por encima del de la media de los/as trabajadores/as del Ayuntamiento.

En las Tablas Salariales 2010, que hemos presentado, se comprueba cómo han aparecido y desarrollado.

Desde el año 2007 tenemos computados los siguientes Decretos

Coberturas por Decreto 2007 - 2010

Mención aparte, por el descaro del proceso, merece la cobertura de la plaza de Jefe de los Servicios de Educación. Esta plaza se convocó por Bando de Alcaldía de 28.04.08 para su cobertura en régimen laboral de carácter temporal o de funcionario interino hasta la cobertura de la plaza por el procedimiento reglamentario, siendo el procedimiento para esta selección el de concurso de méritos valorables en una entrevista. Pues incluso con este procedimiento tan simple, se ha asignado la plaza sin siquiera entrevistar al resto de candidatos que presentó la instancia.

3).- COBERTURAS POR ACCESO LIBRE.

Dentro de esta modalidad también se ha seguido el mismo patrón expuesto con anterioridad. Bases de selección sin participación sindical en su elaboración y desarrollo, que establecen procedimientos con requisitos diferentes que dan a sospechar que, en ocasiones, se adaptan al perfil del aspirante designado con anterioridad para su cobertura.

Ejemplo: Convocatorias de Técnico de Gestión, en la que siendo similares las bases y los ejercicios a superar, unas se encuadran en la Administración General y otra en la Especial, para unas vale simplemente con ser Diplomado Universitario y para otra tener una Diplomatura concreta, en Relaciones Laborales, por ejemplo.

A la mayoría de estas Bases presentamos el correspondiente Recurso Administrativo.

Desde el año 2007 tenemos computados los siguientes procesos de cobertura de vacantes mediante cobertura por acceso libre:

Coberturas por Acceso Libre 2007 - 2010

Desde esta Sección Sindical de CC.OO. hemos venido igualmente reiterando y exigiendo el cumplimiento de lo acordado y establecido en el artículo 8 del Convenio Colectivo – Acuerdo de Funcionarios vigente, que establece que “de las nuevas plazas que sea necesario convocar, la Corporación reservará al menos el 50 por 100 de las mismas para promoción interna, que se cubrirán mediante las correspondientes convocatorias restringidas”.

Este artículo se ha incumplido en varios procesos, como por ejemplo en los recientes de Técnico de Gestión y, más flagrantemente, con el de Auxiliar Administrativo de 2007, en el que no sólo se incumplió el porcentaje (25% frente a 50%), sino que de esas plazas reservadas no se cubrió ninguna, algo que no ha ocurrido en ningún otro colectivo del Ayuntamiento, dejando en este caso a personal del Grupo E -Ordenanzas y Conserjes- sin poder hacer efectivo su derecho a la carrera profesional y a la promoción interna.

4).- COBERTURAS POR INTERINIDADES.

Se han realizado distintos procesos para cubrir plazas de forma temporal o interina, en espera de que se convoquen para su cobertura definitiva.

Desde esta Sección Sindical se ha recordado reiteradamente que esta temporalidad tiene que limitarse en el tiempo, con el plazo máximo que se señala en el Convenio Colectivo–Acuerdo de Funcionarios vigente, transcurrido el cual deberían convocarse las plazas para su cobertura definitiva.

Asimismo, entendemos que si se realiza un proceso selectivo para cubrir una plaza vacante, ese proceso selectivo debería dar lugar a la cobertura definitiva de la plaza y no a cubrirla en concepto de interinidad, circunstancia que ha sucedido en varios de los casos reflejados en la tabla que adjuntamos.

Tenemos cotejado que por este procedimiento de cobertura temporal o interina están ocupadas las siguientes plazas: que han establecido otras tantas coberturas de puestos de trabajo:

Coberturas por Interinidades 2007 - 2010

Al parecer, las lamentables situaciones acaecidas en el Ayuntamiento por extinción de contrato a personal municipal interino con muchos años de servicio al no conseguir la plaza definitiva, no sirven para evitar que se puedan volver a repetir estas mismas situaciones.

Así mismo, no hay una clarificación del procedimiento empleado de cobertura por lista de espera que se genera por la bolsa de trabajo creada por el personal que, presentado a los procesos selectivos, no ocupa plaza.

Esta Sección Sindical defiende, y así lo ha hecho constar repetidamente a RR.HH., que las Bolsas de Trabajo deben regirse por los criterios de publicidad y transparencia, criterios que hoy día se están incumpliendo en el funcionamiento de las Bolsas de Trabajo.

5).- OTRAS

a.- Funcionarización.

En otro momento no muy lejano éste fue uno de los Proyectos Estrella del Departamento de RR.HH. Incluso el Plan de Formación Municipal de 2004, no firmado por CC.OO., se limitaba a cursos preparatorios para dicha funcionarización, que fueron impartidos por los propios Técnicos Municipales y a los que finalmente, para rellenar y con el señuelo de que se tendrían en cuenta para sus futuras promociones, acudieron no pocos funcionarios (¡¡¡sí, sí, funcionarios asistiendo a cursos de funcionarización!!!).

Pues este Proyecto –estrella de RR.HH.-, se inició y finalizó con la funcionarización de una plaza de Técnico de Administración General, que para más originalidad obtuvo el carácter de laboral indefinido por Decreto de Alcaldía.

Desde ahí nunca más se supo de la “funcionarización”.

Funcionarizacion 2007 - 2010

b.- Trabajadores contratados por Capítulo II.

En distintos Servicios, como sucede por ejemplo en Servicios Sociales con los/as Trabajadores/as Sociales, se recurre, vía contratos con empresas, a la contratación de trabajadores/as que, en la práctica, realizan las mismas funciones que los empleados/as municipales, pero por un salario sensiblemente inferior, aunque el coste para el Ayuntamiento sea mayor que si se hubiese procedido a la cobertura definitiva de la plaza por personal municipal.

Esta Sección Sindical siempre ha reivindicado, tal y como figura textualmente en la Propuesta sindical del Convenio–Acuerdo 2008-11 que “en la contratación de empresas por prestación de servicios se establecerá, como un condicionante más, que en ningún caso el/la trabajador/a adscrito a la empresa que preste sus servicios en el Ayuntamiento de Majadahonda tenga un salario inferior y un horario superior al que tuviera un/a empleado/a municipal con similar empleo y funciones”.

Parece mentira que, en pleno siglo XXI, la histórica reivindicación de igual trabajo/igual salario siga sin conseguirse en este ayuntamiento.

c).- Adecuaciones de retribuciones al puesto.

El procedimiento es sencillo, puestos de trabajo que “ganan poco” y se les adecuan las retribuciones al no ser posible emplear el sistema del incremento por cobertura de puesto, al tratarse del mismo. A aquellos incrementos retributivos superiores a los 6.000 € que se producen allá por el año 2006, se han adecuado otros “necesarios” incrementos.

Las Tablas Salariales 2010 son nuevamente el referente claro de lo aquí expuesto.

A modo de resumen:

Es evidente que, como decíamos al principio, estamos ante un cambio muy importante en el Organigrama Municipal, que ha supuesto de momento una cobertura de vacantes que hemos cotejado en los siguientes procesos con la siguiente conclusión numérica:

COBERTURA
 
Promocion Interna
54
 
Cobertura Decreto
16
 
Cobertura Acceso Libre  
45
Coberura Interinidad  
25
 
 

Vacantes

Internas

70

Vacantes

Externas

70

 

Estas modificaciones en el Organigrama Municipal se realizan:

- Sin una R.P.T. que determine las funciones a realizar.

- Sin un Plan Organizativo que lo inserte en las necesidades de prestación de servicio público limitando la externalización de servicios.

- Sin un proyecto que las adecue a la carrera profesional y promoción interna.

- Sin unos procedimientos de selección con criterios comunes.

Por el contrario, algunas de estas adecuaciones en el Organigrama Municipal están dando cobertura a suculentos aumentos retributivos planteados con el criterio de “quien parte y reparte se lleva la mejor parte”.

Recordar, por último, que cuando empiezan a “hablar”, allá por el año 2004, de la necesaria adecuación organizativa municipal, se plantea como un criterio para su realización, que esta reorganización tenga un COSTE “0”.

Es de esperar, al menos, que para pagar el coste que están suponiendo estas adecuaciones no se recurra a buscar fondos a base a reducir las retribuciones que actualmente perciben el resto de empleados/as municipales...

Sería ya echarle más cara de la que se puede permitir.

Respeta el Medio AmbientePincha aquí para ver y/o imprimir el documeto completo de este Informe. Antes de imprimir este enlace piense bien si es necesario hacerlo: El medioambiente es cosa de todos


Selecciona la noticia de esta sección que deseas leer:


Haz click sobre la imagen para ver en tamaño original
2 1 9 5  Visitas. |  Quiénes somos | Mapa del Sitio | Política de Privacidad | Contacta con nosotros | ©2007 Sección Sindical de CC.OO. en el Ayuntamiento de Majadahonda
CC.OO.